Mejora de la gestión del Consorcio de Tributos de Tenerife a través del Plan de Modernización

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El Cabildo de Tenerife ha iniciado un proceso de mejora en la gestión del Consorcio de Tributo a través del Plan de Modernización que contempla diversas actuaciones de cara a la ciudadanía. A la atención que ya se realiza de forma telemática y que permite, entre otras cosas, reducir desplazamientos, se está estudiando flexibilizar el sistema en algunas oficinas para aquellos trámites de rápida resolución como el pago o la emisión de cartas de pago.

El consejero de Innovación, Investigación y Desarrollo y presidente del Consorcio de Tributos, Juan José Martínez, señala que “actualmente todos los procedimientos en el Consorcio de Tributos son electrónicos, con lo que cualquier interesado puede relacionarse de esta forma con la entidad, evitando desplazamientos. Ahora bien, sabemos que hay municipios en los que la ciudadanía sigue yendo presencialmente a las oficinas. Así, en aquellas oficinas del Consorcio cuya superficie y medios humanos lo permitan, instalaremos  de forma excepcional puestos de atención sin cita para gestiones de carácter sencillo o de rápida resolución, de tal forma que todas las personas puedan ser atendidas de forma satisfactoria”.

Martínez también señala que se están realizando otras mejoras de carácter organizativo en el Consorcio de Tributos como ha sido la habilitación de un número de teléfono específico para los ayuntamientos, de tal forma que se puedan resolver las dudas previas a la atención personalizada. “Nuestro objetivo es mejorar el servicio y la atención a la ciudadanía, por lo que estamos realizando reuniones de coordinación y la puesta en común de actuaciones de carácter transversal en todos los servicios”, explica.

El Consorcio de Tributos de Tenerife es un organismo constituido por el Cabildo de Tenerife para facilitar la gestión y recaudación de los tributos propios de las Corporaciones que lo integran. En el desarrollo de esta tarea, gestiona el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), el Impuesto sobre Vehículos (IVTM), el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos (IIVTNU), el Impuesto sobre Construcciones Instalaciones y Obras (ICIO), Sanciones de Tráfico, Sanciones Administrativas, Tasas y otros ingresos de derecho público propios del municipio como la Tasa de recogida de Basuras, Alcantarillado y Vados.

La naturaleza jurídica del Consorcio de Tributos reporta una doble ventaja, materializándose ésta a través de su concepción como entidad local y la seguridad jurídica que ello comporta y, en un segundo lugar, su concepción como un ente instrumental vinculado o dependiente de las entidades locales consorciadas.

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