Concesión de ayudas del PEPAC a 53 jóvenes del sector agrícola canario

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La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria del Gobierno de Canarias ha publicado la resolución definitiva de concesión de las subvenciones para el establecimiento de personas jóvenes agricultoras por un importe total de 3.590.000 euros, repartidos a partes iguales en las anualidades de 2024 y 2025, para apoyar a un total de 53 iniciativas de emprendimiento, lideradas por 29 hombres y 24 mujeres, con el objetivo de promover el relevo generacional en el sector primario del Archipiélago.

El consejero del área, Narvay Quintero, señaló que el apoyo a este colectivo es una prioridad para el Ejecutivo canario debido a la necesidad de incorporar a jóvenes a la actividad agraria para garantizar el relevo generacional en el campo, “uno de los principales retos a los que se enfrenta el sector primario europeo para asegurar su futuro”. “En este sentido, estos fondos constituyen un importante respaldo económico y también suponen un acompañamiento en forma de asesoramiento técnico a las personas beneficiarias”, añadió.

Narvay Quintero

Estas ayudas, previstas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común (PEPAC) para el periodo de programación 2023-2027, están cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria del Ejecutivo regional, y por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Una vez publicada la resolución en el tablón de anuncios de la Sede electrónica del Gobierno de Canarias, las personas beneficiarias que aparecen recogidas en el Anexo 1 de dicho documento deberán presentar el formulario de justificación para la anualidad 2024 hasta el próximo 30 de noviembre, mientras que para la anualidad 2025 debe formalizarse antes del 31 de octubre de 2025.

Asimismo, deberán acreditar su capacitación para desarrollar la actividad objeto de subvención y, en el caso de no poseer en el momento de su instalación las competencias profesionales adecuadas de acuerdo con la orientación productiva de la explotación, deberán adquirirla antes de la finalización de ejecución del plan empresarial.

Para ello las personas beneficiarias deberán presentar, con plazo máximo hasta el 31 de octubre de 2025, una memoria donde se detallen los cursos de capacitación y el número de horas lectivas cursadas, así como los correspondientes justificantes que acrediten la realización de los mismos. De esta forma, se considerará demostrada la capacitación y competencia profesional una vez se acredite mediante título de formación profesional agraria, certificado de profesionalidad de la rama agraria, ingeniería agronómica, ingeniería técnica agrícola, ingeniería de montes, ingeniería técnica forestal, grado en ingeniería agrícola, grado en ingeniería del medio forestal o titulaciones equivalentes; así como licenciaturas o grados en veterinaria.

En caso de no contar con título o diploma que acredite la capacidad y competencia se podrá demostrar mediante la asistencia a cursos de capacitación profesional que en total sumen al menos 200 horas lectivas sobre las siguientes áreas de conocimiento y otras relacionadas con la orientación productiva de la explotación: gestión empresarial de la empresa agrícola,  sistemas de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, métodos de producción compatibles como el medio ambiente, cambio climático, sanidad vegetal, uso eficiente del agua en el sector agrario, prevención de riesgos laborales, y bienestar animal.

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