El Gobierno de Canarias eleva el anteproyecto de Ley de Servicios Sociales al Consejo Económico y Social para su dictamen

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El anteproyecto de Ley trata de derogar por completo en el ordenamiento jurídico vigente hasta ahora, regido por la Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales, como consecuencia de los profundos cambios operados en la realidad social de la población canaria y los cambios económicos producidos, incluida la actual situación de crisis y elevados indicadores de desempleo, que justifican la necesidad de revisar en profundidad la regulación actualmente contenida en la citada Ley.

Entre tales cambios, destacan el crecimiento demográfico de los últimos años, el progresivo envejecimiento de la población, los cambios en la estructura familiar, las nuevas bolsas de pobreza derivadas de la crisis económica y del desempleo, el riesgo de desigualdades personales, colectivas y territoriales, las situaciones de dependencia que viven muchas personas y la complejidad que comporta para las familias la incorporación de la mujer al mundo laboral, sin olvidar los importantes avances tecnológicos que han venido a reforzar la autonomía personal y que permiten avanzar hacia la accesibilidad universal de los servicios y recursos sociales.

La iniciativa legislativa propuesta tiene por objeto regular y ordenar el Sistema público de servicios sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias con la finalidad de promover y garantizar su acceso universal, y contribuir al bienestar y a la cohesión social del conjunto de la población del Archipiélago canario, así como configurar un Sistema público de servicios sociales que dé respuesta a las necesidades de las personas, las familias y demás unidades de convivencia, potenciando su autonomía y su calidad de vida.

La finalidad del Sistema público de Servicios Sociales de Canarias es proporcionar una cobertura suficiente y adecuada a las necesidades personales y sociales básicas, promover la inclusión activa y la autonomía personal, proteger a las personas en situación de dependencia, entendiéndose por necesidades personales básicas las requeridas para la subsistencia que repercuten en la autonomía personal o en la mayor calidad de vida posible, incluidos los supuestos de patologías crónicas y pérdida irreversible de la autonomía personal que puedan atenderse en el ámbito sociosanitario; y por  necesidades sociales  las requeridas para mantener unas relaciones interpersonales y de grupo normalizadas, con integración y participación en la comunidad o, al menos, apoyo social sostenido en los casos de personas con patologías crónicas en el ámbito de la atención sociosanitaria.

En suma, los servicios sociales tendrán como finalidad asegurar el derecho de las personas a vivir dignamente durante todas las etapas de la vida mediante la cobertura de sus necesidades personales básicas y de las necesidades sociales, en el marco de la justicia social, la equidad, la cohesión territorial y del bienestar de las personas, y se dirigirán especialmente a prevenir las situaciones de riesgo, a compensar los déficit de apoyo social y económico de situaciones de vulnerabilidad y de dependencia, y a promover actitudes y capacidades que faciliten la inclusión social de las personas.

Como resultado de los trámites de Información Pública y Audiencias del Anteproyecto de Ley de Servicios Sociales de Canarias se registraron un total de 208 alegaciones presentadas. De ellas 188 provenían de particulares. Otras dos fueron presentadas por entidades del Tercer Sector, tres desde organismos públicos, cinco fueron registradas por diferentes partidos políticos, dos de sindicatos y patronales, otras dos desde colegios profesionales y, finalmente, seis alegaciones interdepartamentales.

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