Canarias limita el máximo de no convivientes en el ámbito familiar para el 31 de diciembre y el 1 de enero en niveles de alerta 2 y 3

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Así, se establece que el máximo de personas no convivientes que se podrán reunir en espacios de uso privado, cerrados o al aire libre, será de 10. Esta medida acota los topes establecidos para las reuniones privadas en estos señalados días, manteniéndose las restricciones de los niveles en los ámbitos de restauración y de ocio. La evolución desfavorable de la situación epidemiológica con un incremento acelerado y elevado de la incidencia de la infección ha determinado la entrada en los niveles de alerta 2 y 3 de la totalidad de las islas

El Gobierno de Canarias acordó en la reunión celebrada hoy miércoles limitar a 10, salvo convivientes, el máximo de personas que pueden asistir a reuniones en el ámbito privado o familiar, tanto en espacios abiertos como cerrados, durante los próximos 31 de diciembre y 1 de enero en las islas que se encuentren en los niveles de alerta 2 y 3 y con recomendación de pauta completa de vacunación. Se entiende como convivientes las personas que residen bajo el mismo techo.

En virtud de este acuerdo, en las islas que se encuentren en niveles de alerta 2 y 3 el máximo de no convivientes que se podrán reunir será de 10 personas. En el caso de que el grupo esté constituido por convivientes y no convivientes, no se sobrepasará el número máximo de personas indicado.

Esta medida se circunscribe al ámbito privado y no afecta al ámbito de la restauración o los espacios de ocio, donde la restricción es mayor. Se trata de acotaciones similares a las adoptadas en las Navidades del pasado 2020, flexibilizando los límites en los días clave de las fiestas, pero con la máxima prevención dada la preocupante evolución de la pandemia en las últimas semanas en el Archipiélago. Por tanto, se recomienda reforzar la seguridad por un lado manteniendo las medidas preventivas con la utilización del uso de la mascarilla, la higiene de manos y la ventilación.

Asimismo, se recomienda a las personas que no hubieran recibido la pauta completa de vacunación o que no hayan pasado la enfermedad entre los 11 y los 180 días previos, la realización de una prueba diagnóstica de infección activa de COVID-19 en laboratorio legalmente autorizado (excluyendo las pruebas de autodiagnóstico) o no hubieran pasado la enfermedad.

Al limitarse esta medida sólo al ámbito familiar, en los restaurantes y otros negocios el máximo de personas en el nivel 3 sigue siendo de 6 en una mesa, aunque se puede subir a 8 (lo permitido en el nivel 2) si se porta el certificado COVID.

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